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martes, 16 abril 2024
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El juez mantiene la causa contra tres exconsellers que contrataron con Orange al ver irregularidades relevantes

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El juez instructor del ‘caso Gürtel’ en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado sobreseer la causa contra tres exconsellers –Alicia de Miguel, Luis Rosado y Manuel Cervera– y ex altos cargos del Gobierno valenciano que adjudicaron diferentes contratos a empresas del Grupo Correa, mayoritariamente a Orange Market S.L.

Así consta en un auto, de 155 páginas, en el que el juez rechaza los recursos de reforma de los 27 procesados en la pieza 5 del ‘caso Gürtel’ y en el que recalca que existen indicios «sólidos» e irregularidades «muy relevantes» contra todos los recurrentes, según ha podido saber Europa Press. Por contra, sí estima parcialmente el recurso de la administradora de varias empresas de la trama, Felisa Jordán, en el sentido de archivar su procesamiento solo respecto a la contratación del X Aniversario de Castellón Cultural del año 2007.

De esta forma, el magistrado mantiene procesados en esta pieza a un total de 27 personas: al exdiputado ‘popular’ David Serra; a Alicia de Miguel; Luis Rosado; Manuel Cervera; a la que fuera directora general de Promoción Institucional Dora Ibars; a la ex directora general del Libro Silvia Caballer y al exdirector de Castelló Cultural Vicente Farnós; al ex secretario autonómico de Familia y Solidaridad Enrique Navarro; a la exdirectora del Instituto de Evaluación y Calidad Educativa y ex secretaria autonómica de Educación, María Auxiliadora Hernández; y a la gerente de la Fundación Luz de las Imágenes, Carmen díaz.

Junto a ellos, figuran como procesados la que fuera gerente de la Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y Promocional de la Comunitat Valenciana Arantxa Vallés; el exdirector de Asistencia Sanitaria Rafael Peset, y Pau Aviñó, quien ocupó un cargo de la Conselleria de Sanidad.

También se sentarán en el banquillo de los acusados Enrique Bort, exjefe de gabinete técnico de la Sociedad para la Seguridad y Promoción Industrial Valenciana (Sepiva); Inmaculada García Pardo, directora general de la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE); Paula de Cubas, ex asesora de prensa de diversos departamentos de la Generalitat; José María Vidal, quien ocupó diferentes cargos en la Administración y también trabajó para Orange Market; Joaquín Fernando Tomás Font de Mora, ex asesor jurídico de Vaersa; Patria Callaghan, jefa de sección del Área de Calidad Ambiental de la Conselleria de Territorio; el que fuera jefe de área en Vaersa Antonio Santo Juan; y el entonces director general de Vaersa, Juan Miguel Bellver.

Además, se mantiene procesada a la cúpula de Gürtel, entre ellos, Francisco Correa, Cándido Herrero, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, conocido como ‘El Bigotes’, Felisa Jordán y Mónica Magariños.

Los acusados interpusieron un recurso de reposición contra el auto de procesamiento y alegaron, a rasgos generales, que no existían indicios de delito contra ellos y que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a un proceso con todas las garantías por no concederse un plazo excepcional para presentar los recursos ante la «extensión» de la resolución judicial –relativa al procesamiento–.

FRACCIONAMIENTO «DISCUTIBLE»

En concreto, la exconsellera Alicia de Miguel alegó en su recurso que no había nada de ilegal en contratar con Orange; que no existía irregularidad en que la iniciativa de alguna contratación partiera del Gabinete de la conselleria; y defendía que la existencia de fraccionamiento en la contratación era «discutible» y que no podía considerarse «bastante ni suficiente» para alcanzar el nivel de ilegalidad exigido en el delito de prevaricación.

Sobre ello, el juez señala que no puede sostenerse que los hechos no resulten típicos, ya que se vulneraron «intencionalmente» los principios de publicidad y libre concurrencia en beneficio de la mercantil Orange Market y personas presuntamente vinculadas a la misma.

Así mismo, indica que en el supuesto de que existieran fraccionamientos generalizados, «la persistencia en una ilegalidad no convierte desde luego al acto administrativo en legal». En todo caso –añade–, «aquí, además, se da una plural reiteración en los fraccionamientos, una alteración según dicen los testigos de lo que solía hacerse habitualmente concurriendo una especie de desapoderamiento fáctico de sus funciones pues solían ocuparse de la selección de las empresas salvo en estas de Orange».

De Miguel criticaba también en su recurso a los funcionarios, y sobre ellos el juez afirma que de toda la instrucción ha resultado que éstos nada tuvieron que ver en la selección ni en la organización ni contratación «que es lo investigado».

Por su parte, el exconseller Cervera alegó indefensión y ausencia de indicios racionales de criminalidad en las contrataciones del Hospital Clínico, y sobre ello el juez señala que «gran parte del caudal acumulativo indiciario» obtenido en la investigación con las irregulares contrataciones «convergen en el recurrente». «El recurrente pudo –agrega– decidir por sí o aceptar algún tipo de indicación respecto de la irregular participación de Álvaro Pérez en el evento propiciando o dando lugar a las irregulares contrataciones y sus formas de pago».

Sobre el recurso de Rosado, el magistrado mantiene su procesamiento en base a su cargo «en unas contrataciones con la imbricación de tan diversos centros de pago a los que presuntamente se les hizo intervenir para evitar la detección de fraccionamientos, centros dependientes del mismo que nada han negociado ni realmente decidido».

Por su parte, el exdiputado David Serra aludía en su recurso a un problema de competencia y de conexión al preguntar dónde está el relato de cómo se produjo el concierto de voluntades entre tantos imputados y cuál sería la conexidad. Al respecto, el juez indica que en esta pieza se ha estudiado «la rama valenciana del Grupo Correa», con hechos justiciables cometidos en Valencia y vinculados básicamente a la actividad de Orange Market. También señala que la contratación irregular se extendía a «numerosas» consellerias.

ALGUIEN CON «CAPACIDAD POLÍTICA»

En el recurso de Santo Juan se hace una advertencia que no contemplan el resto de procesados. En concreto, se indica que ninguna diligencia se ha practicado para investigar quién o quiénes planificaron esta actuación, ordenaron su realización, controlaron su ejecución y garantizaron que fuera exitosa «significando la implicación de tantas consellerias».

Estima que «solo alguien por encima de ellas –las consellerias– y con autoridad sobre los consellers, con capacidad política y administrativa para asegurar su influencia en la escala funcionarial, era capaz de llevar a cabo tan coordinada actuación, estimando que a la luz del Estatuto de Autonomía, de la Ley del Gobierno Valenciano y del propio sentido común solo Presidencia de la Generalitat tiene esa capacidad de influir en sus subordinados», por lo que el recurrente solicitaba la búsqueda de los «auténticos responsables».

El juez desestima esta petición al señalar que la misma no se ha requerido en ningún momento de la instrucción, y que en todo caso ahora «precisaría venir acompañada de solicitud de concretas diligencias tendentes a su objeto que, sin embargo, no se indican en el recurso».

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