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viernes, 19 abril 2024
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AMPL.- La oposición pone en marcha el procedimiento para llevar al Gobierno ante el TC por no someterse a control

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El Ejecutivo del PP podrá presentar alegaciones ante el tribunal, que tendrá de dos a tres meses para decidir desde que reciba el recurso.

El PSOE, Podemos, Ciudadanos y el resto de las fuerzas parlamentarias de la oposición han presentado este miércoles en el Registro del Congreso una iniciativa que pondrá en marcha el procedimiento para recurrir ante el Tribunal Constitucional la negativa del Gobierno en funciones del PP a someterse a control parlamentario.

Al registro de la iniciativa han acudido, entre otros los socialistas Antonio Hernando y Merixell Batet, Miguel Gutiérrez (Ciudadanos), Tania Sánchez (Podemos), Francesc Homs (Democracia y Libertad), Sol Sánchez (IU-UP) e Ignasi Candela (Compromís). El escrito lleva también la firma de Esquerra Republicana, el PNV y otras formaciones del Grupo Mixto como Coalición Canaria y Nueva Canarias.

Los grupos solicitan expresamente que el texto que inicia el procedimiento se someta de debate en próxima sesión plenaria, prevista para el día 5 de abril. Para ello, la Mesa del Congreso –donde PSOE, Podemos y Ciudadanos tienen mayoría– deberá dar vía libre al escrito en su reunión del 29 de marzo y la Junta de Portavoces incluirlo en el orden del día del mencionado Pleno.

NUEVA OPORTUNIDAD DE RECONSIDERACIÓN

El objetivo que buscan con la iniciativa es que «se reponga al Congreso de los Diputados en el pleno ejercicio de sus competencias constitucionales», entre ellas el control parlamentario. A tal fin, y una vez que el texto lo apruebe el Pleno, se requerirá al Gobierno que reconsidere su negativa y, si no lo hace en el mes siguiente, se presentará el conflicto de atribuciones ante el TC, el cual tendrá entre dos y tres meses para resolver.

Y es que, según el procedimiento que establece la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional –que es la fija que debe ser mediante un acuerdo del Pleno del Congreso cómo se planteé el conflicto de atribuciones–, una vez que reciba el escrito del Congreso, el tribunal deberá comunicarlo al Gobierno en los diez días siguientes y fijará un mes de plazo para que formule las alegaciones que estime convenientes.

También durante ese mes, podrán comparecer en el procedimiento si consideran que éste afecta de algún modo a sus propuestas atribuciones, los demás órganos legitimados para plantear este tipo de conflictos y podrán pronunciarse «en apoyo del demandante o del demandado».

Durante el proceso, el tribunal podrá requerir aclaraciones a las partes y tendrá que tomar una decisión definitiva durante el mes siguiente o, cómo máximo, 30 días después del plazo que fije para la recepción de las mismas. Es decir, el proceso podría alargarse dos o tres meses.

La oposición rebate todos los argumentos esgrimidos por el Gobierno para negarse a someterse al control del Congreso, incluido e de que no hay precedentes de un gobierno en funciones. «No es cierto que gobierno en funciones no haya sido sometido nunca a iniciativas de control parlamentario», recalcan.

CON EL GOBIERNO DE SUÁREZ SÍ HUBO CONTROL

En concreto, relata que tras la dimisión como presidente del Gobierno de Adolfo Suárez en enero 1981, su Gabinete estuvo en funciones hasta que el 25 de febrero se designó a su sucesor, Leopoldo Calvo Sotelo, y que en ese ínterin el Pleno del Congreso celebró una sesión en la que se tramitaron algunas preguntas interpelaciones que respondieron miembros del Gobierno en funciones.

Además, la oposición hace hincapié en desmontar el argumento de Moncloa de que el Congreso no puede controlar al Gobierno porque no le ha dado su confianza para gobernar e incide en que es la propia Ley del Gobierno la que establece que todos su actos están sometidos a la fiscalización de la Cámara sin establecer distinciones entre si está en situación de interinidad o funciona con plenos poderes.

Los grupos, que apuntan que el Gabinete de Rajoy también debería someterse al control del Senado, sostienen, por el contrario que «el sometimiento del Gobierno al control político del Parlamento debe entenderse aún mayor cuando se trata de un gobierno en funciones, ya que el mismo no cuenta con la confianza originaria del Parlamento en su composición política actual, cuya legitimación democrática es directa y además le ha sido concedida más recientemente, por lo que ha de entenderse más cercana a la voluntad popular».

ES EL GOBIERNO EL QUE NO REPRESENTA A LAS NUEVAS CORTES

En este sentido, tras reprochar al PP que no haya pedido a la Mesa del Congreso que reconsiderarse sus decisiones de dar vía libre a que las distintas comisiones citaran a miembros del Gobierno a comparecer, la oposición abunda en el que es el Ejecutivo el que está «en funciones» y tiene sus facultades limitadas, mientras que las Cortes las ostentan «renovadas y en plenitud».

Es más, reprocha al Gabinete de Mariano Rajoy que parezca «decir que la nueva composición de la Cámara surgida de las elecciones del 20 de diciembre no le representa y, por tanto, no puede controlarle». «Es al revés –apostillan– Es el Gobierno el que no representa a esta renovada composición de la Cámara decidida por la ciudadanía. Y, por ello, tiene más justificación si cabe su sometimiento al control parlamentario».

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