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viernes, 29 marzo 2024
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El TC admite a trámite el recurso de Puigdemont y una treintena de diputados contra el auto de procesamiento de Llarena

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También estudiará escritos de Romeva, Forcadell y Bassa contra la prisión preventiva y de Sánchez tras la sanción que le impuso la cárcel.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont, los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull y una treintena de diputados del Parlament contra el auto de procesamiento del instructor de la causa del ‘procés’, Pablo Llarena.

En el escrito, los recurrentes denunciaban que dicha resolución judicial vulneraba el derecho fundamental de los diputados catalanes a ejercer su cargo público representativo en condiciones de igualdad.

Puigdemont, Turull y Rull presentaron el recurso como afectados directos, mientras que el resto alegaron que la decisión del juez del Tribunal Supremo les afectaba indirectamente, pues no podrían votar a los tres anteriores en caso de que se les propusiera como candidatos a presidente o consejeros.

Para admitir a trámite el recurso, el tribunal de garantías tiene en cuenta que concurre una «especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho constitucional sobre el que no hay doctrina» del Constitucional.

EL SUPREMO DEBE ENVIAR DOCUMENTACIÓN

La resolución de los magistrados requiere a la Sala de lo Penal del Supremo para que, en un plazo que no exceda de diez días, remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes.

Por otra parte, el Pleno del TC ha acordado también por unanimidad la admisión a trámite de los recursos de amparo presentados por los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell contra el auto de la Sala de Apelación de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 17 de mayo de 2018 que confirmó la medida cautelar de prisión provisional.

Al igual que en el caso anterior, la providencia del tribunal de garantías considera que en los recursos de los tres procesados en la causa contra el proceso independentista en Cataluña concurre «una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal».

Los recurrentes invocan, entre otros, la vulneración de los siguientes derechos: al juez ordinario predeterminado por la ley y al juez imparcial por imposibilidad de recusación a los magistrados del TC; derecho a la libertad y a la participación política; derecho a la libertad ideológica; a la legalidad penal y a la presunción de inocencia.

DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN ASUNTOS PÚBLICOS

La reunión del Pleno del Constitucional ha concluido también admitiendo el recurso de amparo presentado por la defensa del expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y diputado en el Parlament Jordi Sánchez contra diversos autos del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 2 de Madrid en el recurso de alzada por sanción impuesta por la Comisión Disciplinaria de la prisión de Soto del Real, donde se encuentra el procesado desde el 16 de octubre de 2017.

Sánchez fue sancionado en la cárcel con menos horas de patio por grabar un mensaje de voz que después fue difundido durante un mitin de la campaña de las elecciones del pasado 21 de diciembre. La defensa del diputado considera que con esto se ha vulnerado su derecho a la participación directa en asuntos públicos y acceso a cargos públicos, así como el derecho a la legalidad en el proceso sancionador.

Como en los casos anteriores, los magistrados destacan en la admisión a trámite que en este caso también concurre «una especial trascendencia constitucional porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina» en el tribunal de garantías.

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