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viernes, 19 abril 2024
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Torra esgrime ante la JEC que el lazo amarillo es compatible con «la neutralidad ideológica»

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Afirma que el lazo es un símbolo «trasversal» y usado internacionalmente.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha esgrimido ante la Junta Electoral Central (JEC) que el lazo amarillo es un símbolo transversal, «compatible con la neutralidad ideológica de la administración y que así lo puede entender la población».

Así se expresa en el escrito de alegaciones presentado este viernes ante la JEC y consultado por Europa Press, tras la queja presentada por Cs porque la exhibición de la pancarta en solidaridad a los presos soberanistas en el Palau es «contraria al principio de neutralidad durante el periodo electoral».

Para Torra, el lazo es un «símbolo internacional» usado más allá de los grupos políticos y que han adoptado los independentistas haciéndose eco de símbolos universales.

El escrito de alegaciones lo suscribe directamente el presidente Torra, pese a que la queja de Cs se dirige a la consellera de Presidencia, Meritxell Budó, al «asumir personalmente» la responsabilidad de exhibir la pancarta, han precisado fuentes del Govern.

El documento recuerda que el lazo amarillo aparece en la serie americana ‘Homeland’, en un árbol del jardín de la casa del protagonista, un soldado americano preso durante años, y destaca que «no parece ni siquiera razonable pensar que pueda relacionarse este símbolo internacional con partidos locales catalanes», sino que más bien parece lo contrario, que dichos partidos se hacen eco de símbolos universales reconocidos mundialmente.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Torra defiende en su escrito que «limitar las referencias a presos políticos y exiliados comportaría una clara vulneración del derecho a la libertad de expresión» de los cargos representativos respecto a la valoración de resoluciones judiciales.

Asimismo, alega que retirar la pancarta con el lazo supondría «atentar gravemente» contra el derecho fundamental de la libertad de expresión reconocida a los empleados públicos y comportar un ‘efecto desaliento’ en el ejercicio de derechos fundamentales.

Admite que «alguna jurisprudencia» del Tribunal Constitucional no reconoce la libertad de expresión de los órganos administrativos, pero considera que no puede ser trasladado sin más a un órgano político institucional que ostenta representación electa y cargo representativo.

El presidente del Ejecutivo catalán argumenta que el periodo de campaña electoral no debe excluir la difusión de otros mensajes de signo político, como «la difusión de mensajes fundados en la preservación de valores democráticos ínsitos en el sistema constitucional y derechos fundamentales como la libertad».

Torra cita jurisprudencia del Tribunal Constitucional y opina que «no puede admitirse que la manifestación de símbolos o rótulos con expresiones relativas a la libertad de personas que se encuentran en prisión se prohíban porque puedan tener un contenido electoral».

NO LES FAVORECE DIRECTAMENTE

Para Torra, no es motivo suficiente para limitar la expresión de esas reivindicaciones que supuestamente se esté favoreciendo «de forma indirecta o subliminal, y mucho menos directa, a aquellas formaciones políticas que muestran mayor apoyo a dichas reivindicaciones».

«La mera posibilidad de que una reivindicación, en este caso favorable a la libertad de determinadas personas que se encuentran en situación de privación de libertad, pueda incidir de una u otra forma en el electorado, se muestra como hipótesis insuficiente para limitar la expresión de esos mensajes en periodo electoral», ha afirmado.

En ese sentido, afirma que sería «imponer un silencio artificioso» contraria a la naturaleza intrínsecamente política de las instituciones públicas y su conexión con los valores y aspiraciones de la sociedad que representa.

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