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martes, 16 abril 2024
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El Gobierno se remite a las cárceles y al juez para no valorar que los presos del 1-O se vayan a casa por el Covid-19

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El Gobierno ha evitado este martes valorar la posibilidad adelantada por el Govern catalán de que los presos del 1-O condenados por el Tribunal Supremo puedan pasar el confinamiento por el Covid-19 en sus casas, remitiéndose a la decisión que adopten las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas donde cumplen condena y a la decisión que adopte el juez de vigilancia penitenciaria.

«Es importante que son las juntas de tratamiento y el juez de vigilancia penitenciaria el que tiene los instrumentos y en su mano saber en qué situación se tiene que encontrar cada uno de los internos. Será a ellos a los que les compete», ha dicho la ministra Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en respuesta a una pregunta tras el Consejo de Ministros.

La portavoz del Ejecutivo ha añadido que el Ministerio del Interior está «reforzando de forma estrecha la protección de las cárceles», tanto en lo que respecta a funcionarios como a los internos. En este sentido, ha recordado que cuando se detecta un caso positivo se aísla del resto, y que si es un recluso se opta por la «separación del resto de presos para que no haya ningún problema de salud evitable».

La sala del Tribunal Supremo que juzgó el caso del ‘procés’ independentista en Cataluña ha advertido este martes al Govern de la Generalitat que la excarcelación de los líderes independentistas por la pandemia de coronavirus podría enmarcarse en un delito de prevaricación por el que podrá exigirse responsabilidad penal.

Respondía así a lo expuesto este martes a primera hora por la consejera de Justicia, Ester Capella, con competencias en materia de prisiones en Cataluña, al hablar de situación «excepcional» y de que la juntas de tratamiento estudiarían si los líderes independentistas podían pasar el confinamiento en casa.

Los líderes del 1-O condenados por el Supremo están clasificados en segundo grado y todos disfrutan del principio de flexibilidad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Tras el estado de alarma, el Ministerio del Interior suspendió permisos y comunicaciones, y las salidas por este tipo de artículo quedaron supeditadas a las restricciones de confinamiento.

El 16 de marzo desde la Consejería de Justicia catalana se aseguró que los presos se quedarían en sus respectivas cárceles, y lo mismo hizo después de que el 18 de marzo el Ministerio del Interior facultara a las juntas de tratamiento para potenciar el control telemático de presos clasificados en tercer grado o con el 100.2, con el fin de evitar el contagio en los centros.

No obstante, desde Instituciones Penitenciarias se recordó que se refería a reclusos con autorización previa de un juez y que estén ubicados en Centros de Inserción Social (CIS), Secciones Abiertas o Unidades Dependientes, algo que no ocurre con los políticos independentistas.

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