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viernes, 19 abril 2024
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El Papa reforma la ley de contratos públicos para aumentar la transparencia y evitar sobrecostes y corrupción

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No se podrán adjudicar obras a empresas con sede en paraísos fiscales o que violen la legislación ambiental

. El Papa ha decidido reformar la Ley de las contrataciones públicas de la Santa Sede para asegurar más transparencia en las operaciones y evitar así posibles sobrecostes o delitos de desvío de fondos o corrupción. Lo ha hecho a través de un Motu Proprio que entrará en vigor el 30 de junio, una vez haya sido publicado en L’Osservatore Romano.

«El principio que inspira el nuevo texto es la diligencia del buen padre de familia, que quiere una gestión eficaz y ética de sus recursos, que al mismo tiempo promueva la transparencia, el control y las relaciones de justa competencia entre quienes desean establecer una relación económica con las entidades involucradas», señala el Vaticano.

La nueva legislación se enmarca a su vez en las reformas emprendidas por el Papa para poner orden en las cuentas de la Santa Sede, después del escándalo financiero que supuso la compra de un inmueble de lujo en Londres por valor de 200 millones de dólares con fondos procedentes del Óbolo de San Pedro, el organismo que recauda donaciones de los feligreses.

En la rueda de prensa ante periodistas durante el vuelo de regreso de Japón, el Papa señaló que estaba de acuerdo con realizar inversiones con el dinero Óbolo de San Pedro -las donaciones que se recogen-. «La buena administración no es recibir el Óbolo y ponerlo en el cajón. Hay que buscar una inversión, así, cuando se necesita dar, se da», dijo al respecto. Si bien, reconoció que la operación fue «un escándalo», valoró que la denuncia haya llegado desde dentro del Vaticano.

De hecho fue la propia fiscalía del Vaticano la que puso en marcha la investigación de la compra del edificio de lujo tras los indicios de malversación, fraude, abuso de función y lavado de dinero.

En este sentido, en el artículo 71 de las nuevas disposiciones para las contrataciones públicas de la Santa Sede se incide en que se deberá hacer una pericia técnica por parte del la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (APSA) cada vez que tenga lugar una operación de compra con el objetivo de identificar su valor real y que no haya sobrecostes.

En cuanto a la vigilancia y el control de la gestión de los recursos económicos de la Santa Sede, en el artículo 79 del Motu Proprio se estipula la forma de prevención contra delitos de corrupción a través de la figura del revisor general, que ejercerá un control exhaustivo tanto en los procedimientos de compra y como en el resto de prácticas empresariales, garantizando que se cumplan los estándares internacionales de transparencia.

De este modo, la nueva regulación obliga al revisor general a presentar una denuncia ante la Fiscalía del Vaticano en el caso de que en los distintos análisis de vigilancia emergieran «sospechas de los fondos, los bienes, las actividades, iniciativas o transacciones económicas estén conectadas o sean reconducibles a actividades de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo».

En el artículo 75 se desgranan las medidas que toma el Vaticano para luchar contra «el fraude, el clientelismo y la corrupción, así como las normas para la prevención y, en su caso, la identificación de conflictos de interés» que puedan «distorsionar» las condiciones de competencia para así «garantizar la transparencia y la paridad de tratamiento».

Para evitar los sobrecostes irregulares respecto al presupuesto inicial de adjudicación, que a veces son maquillados con la simple modificación del contrato de obra, el Papa ha dispuesto que cualquier variante respecto a lo acordado debe ser autorizado de forma conjunta por el APSA y la oficina de Gobernación del Vaticano.

En cuanto a la duración de los contratos, el Papa ha dispuesto que no pueden ser estipulados por un plazo superior a tres años o cinco años en cuyo caso deberá ser autorizado por la Secretaría de Economía. La renovación de los contratos tendrá lugar a partir de un concurso público, según dispone el artículo 64. Por su parte, también las concesiones de más de 5 años deberán pasar por la Secretaría Económica. Para intervenciones de urgencia, que no puedan subordinarse al periodo ordinario de control, sólo podrá ser erogada la suma total del 100.000 euros.

En el artículo 50 se regula la composición de la comisión adjudicataria que se encargará de otorgar el contrato a la empresa externa con mejores condiciones técnicas y económicas. Así, se establece que estará conformada de normal por tres técnicos o cinco si son contratos de más de 300.000 euros. En los artículos 48 y 49 se explican las bases para la presentación de ofertas así como los criterios de selección.

El Pontífice también ha resuelto la creación de una plataforma informática transparente para controlar y gestionar las contrataciones públicas, así como las razones por las que un intermediario económico puede ser excluido de la operación, como por ejemplo, si tiene la sede en paraísos fiscales o ha incurrido en «graves violaciones en materia ambiental» tal y como establece el protocolo Laudato Si para una economía integral dispuesta por el Dicasterio para el Desarrollo Humano e Integral.

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