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jueves, 28 marzo 2024
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El expresidente valenciano Francisco Camps se persona en la causa y será su propio abogado

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El expresidente de la Generalitat y diputado ‘popular’ en las Corts, Francisco Camps, se ha personado en la causa abierta en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) a raíz de una querella interpuesta por la Fiscalía Anticorrupción contra él por presenta malversación y prevaricación en la compra de Valmor Sports por la cantidad simbólica de un euro en el marco de la Fórmula 1, asumiendo de este modo el Gobierno autonómico la deuda millonaria que esta mercantil arrastraba. El exjefe del Consell será su propio abogado.

Así consta en una diligencia de ordenación del secretario de la sala, en la que se indica que se tiene por personado a Francisco Camps y en su nombre y representación a la procuradora designada, con quien se entenderá las sucesivas diligencias «con la asistencia letrada del propio Sr. Camps, en virtud de la habilitación concedida por el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia».

De igual modo se comunica que se tiene interpuesto en tiempo y forma los recursos presentados tanto por Camps como por el resto de querellados –la exconsellera, ex secretaria autonómica de Comunicación y exdirectora de Televisión Valenciana (TVV), Lola Johnson– y el expiloto Jorge Martínez ‘Aspar’ contra el auto del pasado 3 de febrero en el que la sala decidió admitir a trámite la querella de Fiscalía Anticorrupción. Contra esta resolución se puede presentar recurso en el plazo de tres días.

El TSJCV dictó el pasado 3 de febrero un auto en el que decidió admitir a trámite la querella interpuesta en diciembre por Fiscalía Anticorrupción contra Camps, Lola Jonhson y ‘Aspar’ y consideraba que la sala de lo Civil y Penal era la competente para investigar los hechos al ser el expresidente diputado y, por tanto, aforado.

MOMENTO TEMPORAL

El TSJCV entiende en este caso que se debe investigar la compra de Valmor «para determinar la concurrencia o no del comportamiento delictivo» y acota la instrucción al momento temporal que indica el ministerio público, es decir, desde abril de 2006 hasta el 19 de julio de 2011.

El tribunal admitió la querella ante la «posibilidad razonable» de que los hechos narrados por el fiscal hayan ocurrido con la participación de Camps; y de que tales hechos puedan ser subsumidos, al menos indiciariamente y sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, en los delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos.

La última resolución de la sala en este caso fue la de suspender el plazo para interponer recurso hasta quedar solucionados los «defectos» apreciados en la documentación de Fiscalía.

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