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viernes, 19 abril 2024
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Fiscalía pide 1.800 euros al rapero Hasél por falta de respeto al alcalde de Lleida

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Ros dice haberse sentido amenazado e intimidado

Ros dice haberse sentido amenazado e intimidado. La Fiscalía de Lleida ha planteado en el juicio por amenazas de muerte al alcalde de Lleida, Àngel Ros, en una canción del rapero Pablo Hasél que los hechos puedan considerarse o bien como se planteaba hasta ahora un delito de amenaza, por el que pide un año y tres meses de cárcel, o bien como una falta de respeto a la autoridad, y en ese caso solicita 1.800 euros de multa a razón de 20 euros diarios durante tres meses.

Pau Rivadulla, conocido como Pabla Hasél, junto al cantante Eloi Yebra, para el que Fiscalía plantea la misma petición, ha declarado este miércoles en el juzgado 3 de Lleida en el que también ha sido citado como testigo el alcalde.

Ros pidió en diciembre de 2014 a la Fiscalía que investigara el vídeo de la canción con letras como esta: ‘Àngel malparit, et mereixes un tret, t’apunyalaré, m’has arruïnat, t’arrancaré la pell a tires’ (Àngel malnacido, te mereces un tiro, te apuñalaré, me has arruinado, te arrancaré la piel a tiras), aunque no puso denuncia.

Ros ha declarado como testigo a petición del fiscal y ha contado que la Policía Local de Lleida pidió a una abogada del Ayuntamiento que comunicara la letra al fiscal por las amenazas: «Es evidente que es una canción que pide tu muerte con claras amenazas con términos que no repetiré».

«Me sentí amenazado, intimidado no solo por sí mismo sino desde el punto de vista de mi familia», ha dicho, y ha insistido en que él está acostumbrado a la sátira de programas como ‘Polonia’ y sabe distinguir la sátira de la amenaza.

Hasél, que ha defendido en todo momento que se trata de una sátira, se ha referido en su declaración final también al programa ‘Polonia’ al asegurar que en ese espacio en ocasiones «se apuñala o se tira por el balcón a un político y nunca se ha llevado a los juzgados al director».

Fiscalía al plantear dos propuestas de calificación tiene en cuenta el cambio del código penal en marzo de 2015, tres meses después de producirse los hechos, y propone a la jueza esta posibilidad por ser más beneficiosa para Hasél y su compañero.

La defensa, por su parte, ha reclamado la absolución argumentando que hay una infracción del derecho constitucional a la libertad de expresión, porque una persona que ejerce sus derechos no comete delito, y en tercer lugar porque el procedimiento es nulo al no haberse presentado denuncia.

«Yo creo que el fiscal se ha dado cuenta de eso y por ello ha cambiado la calificación y plantea que no hay amenazas pero hay una falta de respeto», ha explicado el abogado, José Manuel Olarieta.

«Una cosa es una amenaza y otra una falta de respeto a una autoridad pública que en una canción, es el ejercicio de la libertad de expresión», ha afirmado Olarieta.

«Amenazas no hay. Está hecho de cachondeo. Yo entiendo que a una persona de la que te cachondeas le siente mal, pero para eso son autoridades públicas. Eso va en el cargo, como se suele decir», ha afirmado el abogado para quien la retirada de la canción es censura.

Hasél fue condenado por la Audiencia Nacional por enaltecimiento del terrorismo a dos años de prisión el año pasado, una sentencia que ratificó el Tribunal Supremo con posterioridad a los hechos que han sido juzgados este miércoles.

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