11.1 C
Madrid
sƔbado, 20 abril 2024
Array

La reforma laboral revisa el modelo de ERTE actual y crea el mecanismo RED para evitar despidos

MƁS INFORMACIƓN

El Real Decreto-ley de reforma laboral aprobado este martes por el Consejo de Ministros pone en marcha nuevos mecanismos de flexibilidad interna en las empresas para evitar despidos, revisando el actual modelo de expedientes de regulaciĆ³n temporal de empleo (ERTE) y creando lo que el Gobierno y los agentes sociales han denominado mecanismo RED.

En lo que respecta a los ERTE por causas econĆ³micas, tĆ©cnicas, organizativas y de producciĆ³n (ETOP), los cambios introducidos en la norma pretenden una mayor facilidad en su tramitaciĆ³n y flexibilidad en su aplicaciĆ³n, especialmente para las pymes. AsĆ­, el periodo de consultas se reduce a siete dĆ­as para las empresas con menos de 50 trabajadores, previa constituciĆ³n de la comisiĆ³n representativa.

Al mismo tiempo, se refuerza la informaciĆ³n a los representantes de los trabajadores durante la aplicaciĆ³n de los ERTE y se incorporan las prohibiciones de horas extra y externalizaciones de los actuales ERTE de pandemia.

AdemĆ”s de la fuerza mayor clĆ”sica, la nueva regulaciĆ³n que introduce la reforma laboral incorpora, como causa especĆ­fica del ERTE, el impedimento o las limitaciones a la actividad derivadas de decisiones gubernamentales.

Estos ERTE requerirĆ”n de un informe preceptivo de la InspecciĆ³n de Trabajo. La autoridad laboral deberĆ” resolver en el plazo de cinco dĆ­as, considerĆ”ndose el silencio administrativo como positivo.

La reducciĆ³n de jornada de estos procesos serĆ” de entre un 10% y, un 70% y durante el periodo de vigencia del ERTE, la empresa podrĆ” afectar y desafectar personas trabajadoras, como en los ERTE ETOP, previa informaciĆ³n a los sindicatos y comunicaciĆ³n a la TesorerĆ­a General de la Seguridad Social. AdemĆ”s, mantendrĆ”n las garantĆ­as en el empleo de los actuales ERTE Covid.

En ambas modalidades se incorporan varios elementos que proceden de la experiencia obtenida por la pandemia: la posibilidad de afectar o desafectar trabajadores en funciĆ³n de la actividad de la empresa; de obtener bonificaciones en las cotizaciones sociales y financiaciĆ³n si desarrollan actividades formativas para los trabajadores en ERTE; y las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

En el caso de los ERTE ETOP estas serĆ”n del 20%, condicionadas a la realizaciĆ³n de acciones formativas, y en el caso de los de fuerza mayor, del 90%. EstarĆ”n vinculadas al mantenimiento del empleo y las empresas verĆ”n aumentado el crĆ©dito disponible para la formaciĆ³n.

EL MECANISMO RED

Junto a ello, la reforma laboral acordada entre el Gobierno y los agentes sociales crea lo que se ha denominado como Mecanismo RED de Flexibilidad y EstabilizaciĆ³n en el Empleo, una herramienta para proteger Ā«las rentas salariales y el tejido productivoĀ» en situaciones de perturbaciĆ³n econĆ³mica, segĆŗn ha subrayado el ministro de InclusiĆ³n, Seguridad Social y Migraciones, JosĆ© Luis EscrivĆ”, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Precisamente, el Mecanismo RED deberĆ” ser activado por el Consejo de Ministros, previa informaciĆ³n a las organizaciones mĆ”s representativas, a propuesta de Asuntos EconĆ³micos y TransformaciĆ³n Digital; Trabajo y EconomĆ­a Social e InclusiĆ³n, Seguridad Social y Migraciones; que se encargarĆ” de abrir la puerta pero no de dirimir si las empresas, de manera individual, se pueden acoger.

La autoridad laboral darƔ luz verde si la empresa ha desarrollado un periodo de consultas y si hay concurrencia de causas, de manera que habrƔn de justificarse los motivos.

La reforma establece dos modalidades RED: la cĆ­clica, que proporcionarĆ” a las empresas un marco estable ante una caĆ­da transitoria o cĆ­clica de su demanda por causas macroeconĆ³micas, para evitar despidos inmediatos al ‘shock’, y la sectorial, que proporcionarĆ” apoyo a la recualificaciĆ³n de trabajadores de empresas y sectores en transiciĆ³n que requieren cambios permanentes.

En el caso de los RED cĆ­clicos, las empresas podrĆ”n suspender a parte de sus trabajadores durante un plazo mĆ”ximo de un aƱo en lugar de despedirles. Durante ese periodo de suspensiĆ³n se incentivarĆ” la formaciĆ³n de los trabajadores y se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social decrecientes en el tiempo.

Por lo que respecta a los RED sectoriales, estos deberĆ”n ir acompaƱados de un plan de recualificaciĆ³n. Para evitar el ajuste de empleo tradicional, la empresa puede activar este mecanismo durante un plazo mĆ”ximo de un aƱo (seis meses, con posibilidad de prorrogar seis meses mĆ”s) y facilitar el paso de sus trabajadores a otra empresa mediante su recualificaciĆ³n. Para ello, ademĆ”s, la sociedad de destino accederĆ” a una bonificaciĆ³n del 50% durante seis meses.

Para financiar las necesidades del Mecanismo RED en prestaciones, exoneraciones y formaciĆ³n, se crea el llamado Fondo RED, adscrito al Ministerio de Trabajo y EconomĆ­a Social.

Los trabajadores percibirƔn el 70% de la base reguladora durante todo el periodo en el que se encuentren en un proceso RED, hasta un mƔximo del 225% del Iprem.

En ambas modalidades, se podrĆ”n acceder a exoneraciones a la Seguridad Social. En concreto, en la modalidad cĆ­clica, durante los primeros cuatro meses, las empresas tendrĆ”n una exoneraciĆ³n del 60%; entre el quinto y el octavo mes, del 30%, y a partir del noveno, del 20%.

En la modalidad sectorial serĆ”n del 40%, condicionadas a la realizaciĆ³n de actividades de formaciĆ³n.

MƁS INFORMACIƓN

- Publicidad -
- Publicidad -

ƚltima hora