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martes, 16 abril 2024
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La Fiscalía se opuso a repatriar menores desde Ceuta por falta de documentación de Interior, que no firmó la orden

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La Fiscalía de Ceuta se opuso este domingo a la repatriación de menores migrantes desde Ceuta ordenada por el Ministerio del Interior, alegando que la orden enviada por departamento que dirige Fernández Grande-Marlaska no incluía la tramitación que exige la ley española en esta materia y tampoco está firmada.

En un documento al que ha tenido acceso Europa Press, el órgano judicial se refiere al escrito, con fecha del 10 de agosto, que envió la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se llama a «ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado, hecho en Rabat el 6 de marzo de 2007».

En este documento, se «ruega» efectuar este retorno «respetando en todo momento» los «intereses y derechos» de los menores «con el fin último de garantizar en cada caso las condiciones de reunificación familiar efectiva del menor o su entrega a cargo de una institución de tutela».

Además, se asegura que Marruecos «se compromete a velar por los intereses de los menores» hasta que «sean entregados a sus padres lo antes posible». En el caso de no existir padres, apunta Interior, «L’Entraide Nationale se hará cargo de los menores».

Sin embargo, esta orden no convence a la Fiscalía ceutí que este domingo avaló la suspensión de las repatriaciones. El documento, que según la Cadena SER tiene como base un decreto firmado por el Fiscal de Menores, no sirvió finalmente para paralizarlas ya que estas comenzaron un día antes.

CON OBSERVANCIA ESTRICTA

El documento de la Fiscalía de Ceuta indica que para la puesta en marcha de estas repatriaciones «solo consta como fundamentación jurídica de la misma un oficio de la Secretaria de Estado de Seguridad, sin firma», en el que se dice que se va a proceder a ponerlas en marcha.

Del mismo modo, apunta que el artículo al que se refiere el Ministerio –el 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado, hecho en Rabat el 6 de marzo de 2007– dispone que el retorno «solo puede realizarse en todo caso con observancia estricta de la legislación española, las normas y principios de Derecho internacional y de lo establecido en la Convención sobre los derechos del niño».

En este sentido, apunta que en «la documental aportada, no consta la tramitación que, para la repatriación de menores no acompañados, exige nuestra legislación de extranjería».

«Por ello resulta apropiado acordar la suspensión solicitada mientras la autoridad administrativa correspondiente no aporte el expediente administrativo incoado y la resolución administrativa que corresponda», recoge el documento de la Fiscalía.

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