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viernes, 19 abril 2024
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La Audiencia sustenta su decisión en que hubo un «detrimento» de los Presupuestos del Estado

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La Audiencia Provincial de Baleares sustenta la decisión de mantener a la Infanta Cristina en el banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales en el hecho de que lesionar el erario público de Hacienda «provoca un detrimento en el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos», por lo que desmonta el argumento esgrimido por la Agencia Tributaria de que el perjudicado por estos hechos «no es la sociedad en general» sino el propio fisco como organismo.

En el auto con el que de forma unánime las tres magistradas encargadas de juzgar el caso Nóos han rechazado aplicar la doctrina Botín a la hermana del Rey Felipe VI recalcan de haber un perjudicado concreto y específico por los presuntos delitos fiscales cometidos «no sería con carácter exclusivo un determinado organismo público que monopolice» el quebranto.

Y ello porque este tipo de actuaciones delictivas «comprometen la consecución de las finalidades de la política económica y social que deben ser garantizadas en un Estado Social y Democrático de Derecho».

En su resolución, la Sección Primera estima en virtud de todo ello que «ni el bien jurídico protegido es en exclusiva el erario público ni, en su consecuencia, que exista un único, concreto y determinado perjudicado encarnado por la Hacienda Pública Estatal».

En esta línea, las magistradas consideran legitimada a la acción popular, en este caso ejercida por el sindicato Manos Limpias -que reclama ocho años de cárcel para la Infanta-, para actuar en solitario -ni Fiscalía ni Hacienda dirigen acciones penales contra ella-.

En contra de este criterio, la Abogacía del Estado, que representa a la AEAT en esta causa, aseveró en la primera jornada del juicio del caso Nóos que, con la actuación de Manos Limpias respecto a la Infanta, el sindicato «no se fundamenta en la imparcialidad ni persigue el bien común».

La abogada de los servicios jurídicos estatales hizo así valer estos argumentos para desligitimar la potestad del sindicato para acusar en solitario a la Infanta, cuando ni Fiscalía ni la AEAT presentan cargos contra ella. Además, subrayaba que en el caso de los delitos fiscales como los que la entidad atribuye a la Infanta «el perjudicado es el erario público, no la sociedad en general como ha pretendido el juez de instrucción» -en alusión a José Castro- «e incluso la acusación popular sobre la base de una simple frase publicitaria» como lo es «Hacienda somos todos».

Por su parte, la propia defensa de la mujer de Iñaki Urdangarin adujo que «superponer» las pretensiones de la acusación popular a la «explícita voluntad» de la Fiscalía y del «perjudicado» supone el apartamiento del proceso penal «de los fines constitucionales que lo legitiman».

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