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martes, 16 abril 2024
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La Audiencia Nacional considera que el PP se benefició ilícitamente perjudicando los intereses del Estado

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Destaca que Ana Mato es responsable de los eventos familiares que ella y su exmarido contrataron con la Gürtel

. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal ha condenado al PP como partícipe a título lucrativo a pagar 245.000 euros por las actividades de la trama Gürtel realizadas en los municipios madrileños de Majadahonda y Pozuelo de Alarcón al considerar que produjo un «enriquecimiento ilícito al partido político en perjuicio de los intereses del Estado».

La sentencia con fecha del pasado 17 de mayo y que se ha dado a conocer este jueves explica que que el PP debe ser condenado a pagar 245.000 euros por lucrarse de los actos electorales que sufragaron las empresas del grupo Correa en Majadahonda y Pozuelo de Alarcón (Madrid), cuando Guillermo Ortega y Jesús Sepúlveda eran candidatos a esas alcaldías en 2003, respectivamente, y que también han sido condenados por la Audiencia Nacional.

La condena al PP como partícipe a título lucrativo se ha acordado por la mayoría del tribunal, es decir, por los magistrados Julio de Diego y José Ricardo de Prada, que fueron los que propiciaron que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, declarase como testigo en este juicio el 26 de julio de 2017. Por su parte, el presidente de este órgano colegiado, Ángel Hurtado, ha emitido un voto particular en el que muestra su discrepancia con la condena al partido político, ya que considera que no participó en los hechos delictivos y resalta «su desconocimiento de los mismos».

No obstante, la resolución de la Audiencia Nacional explica que las actividades de la red encabezada por Francisco Correa produjo un «enriquecimiento ilícito en perjuicio de los intereses del Estado», unos beneficios al Partido Popular que son «cuantificables», añade la resolución» y que proceden de la «financiación ilegal de actividades y diversos actos políticos realizados en campañas y precampañas electorales para sus candidatos, que de otra manera hubieran tenido que ser sufragados directamente con recursos económicos propios del partido político en cuestión».

«CORRUPCIÓN INSTITUCIONAL»

A lo largo de las más de 1.600 páginas de sentencia el tribunal relata como la red de Correa y el PP tejieron entre 1999 y 2005 -considerada la primera época de actividades de la trama Gürtel– en esos municipios, además de en Estepona (Málaga), Castilla y León y en Madrid, un «auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional» a través de la manipulación de contratos públicos.

Según los jueces, con la influencia de cargos públicos pertenecientes al partido político gozaron de un trato de favor en la adjudicaciones públicas, en las que se inflaban los precios para obtener ilícitamente beneficios a costa del erario público o para conseguir comisiones.

Ademas, la sentencia hace mención a la existencia de una presunta caja ‘b’ del PP, que está siendo investigada por el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata, al señalar que otras cantidades detraídas sirvieron directamente para pagar los gastos electorales del PP o para nutrir la «una estructura financiera y contable paralela a la oficial existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente», en los conocidos como ‘Papeles de Bárcenas’.

Aunque el representante legal del PP, Jesús Santos -de quien destaca que se negó a declarar– afirmase durante al principio de la vista oral que los actos organizados por la trama Gürtel se hicieron «a escondidas» de la sede nacional del partido y, que por tanto, era un «perjudicado» del procedimiento y que los responsables eran sus corporaciones locales -argumento que fue rechazado por la Fiscalía Anticorrupción–, la Sala considera que es la formación política la que debe resarcir el daño, ya que ostenta un único Número de Identificación Fiscal (NIF).

PP, «CONOCEDOR DEL DESTINO DE LOS FONDOS»

«La persona, en este caso jurídica, conocedor del destino de los fondos recibidos y beneficiada de la actividad ilícita desarrollada por Francisco Correa fue el Partido Popular no el grupo municipal», dice la sentencia.

De hecho, recoge la declaración como testigo del presidente del Senado, Pío García Escudero -que compareció el mismo día que Rajoy–, que fue coordinador nacional de campañas, en la que aseguró que el grupo municipal durante las campañas está «vacío de contenido». En esta misma línea se manifestó Ricardo el exalcalde de Majadahonda, también como testigo, que enfatizó que «era el Partido Popular quien debía sufragar los gastos y no el grupo municipal», recuerdan los magistrados.

Por todo ello, la Sala considera que el PP debe hacer frente a 133.628,48 euros por los actos realizados en Majadahonda y a 111.864,32 euros por los de Pozuelo; pero abonará ambas cantidades de forma solidaria con los exalcaldes antes mencionados; y con el exconcejal del municipio majariego y denunciante de la trama Gürtel, José Luis Peñas; el otro exedil Juan José Moreno; con la exmujer de Correa y jefa de Gabinete de este consistorio, Mari Carmen Rodríuez Quijano; así como con los líderes de la trama, Franscisco Correa y Pablo Crespo.

ANA MATO, CONDENADA POR LOS VIAJES Y FIESTAS ORGANIZADAS POR CORREA

Por otro lado, la Audiencia Nacional también condena a la exministra de Sanidad y exmujer del que fuera alcalde de Pozuelo de Alarcón, Ana Mato, en la misma condición que al partido político, como partícipe a título lucrativo. Deberá pagar una cuantía de 27.857,53 euros por los viajes y fiestas de cumpleaños y comuniones que organizó las empresas de Correa para su familia.

Aunque Mato defendió ante el tribunal que ella y su exmarido tenían cuentas corrientes individuales y se repartían los gastos domésticos, la Audiencia Nacional recuerda que estaba casada en régimen de gananciales con Jesús Sepúlveda y por tanto el desembolso debían corresponder a ambos.

«Parece evidente que si la señora Mato realiza unos viajes y recibe unos servicios que no abona, está obteniendo un beneficio en la parte o cuota que debiera corresponderle sufragar como miembro de la sociedad conyugal, por lo que, en la medida que supone un enriquecimiento sin causa viene obligada a restituir aquello en que se ha beneficiado».

También condena a Gema Matamoros, la mujer del ex alcalde de Majadahonda Guillermo Ortega, a devolver 45.066,66 euros por beneficiarse de los viajes y regalos con los que Correa obsequió al matrimonio.

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