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viernes, 19 abril 2024
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La Audiencia de Madrid avala la causa contra Rommy Arce por injurias por sus tuits tras la muerte de un mantero

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Afea que, «con desprecio hacia la verdad», se encargó con otras personas de imputar a la Policía la muerte del senegalés.

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la investigación penal que sigue el Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid contra la edil de Ahora Madrid Rommy Arce por los tuits que colgó tras la muerte el pasado marzo de un mantero senegalés, que falleció por un ictus que sufrió en Lavapiés.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados rechazan el recurso de la concejala-presidente del distrito de Arganzuela contra el auto en el que la juez admitía las querellas interpuestas por la Asociación de Policía Municipal Unificada (APMU) y la de la Unión de Policía Municipal.

De igual modo, se tumba la impugnación contra dicha admisión contra el portavoz del sindicato de manteros, Malick Gueye. Por tanto, se confirma la decisión del instructor de investigar a la edil y al portavoz de los manteros.

En su recurso, la edil madrileña entendía que teniendo en cuenta los artículos 269 y 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los hechos que se le imputan en la querella de las asociaciones «no son los mismos constitutivos de la infracción penal de la injuria y de la calumnia».

Los magistrados señalan, por su parte, que tras el «trágico» fallecimiento, varias personas, entre ellas Rommy Arce, «públicamente a través de internet y con manifiesto desprecio hacia la verdad» se encargaron de «imputar a la Policía la responsabilidad por la muerte de Mame Mbaye».

Conforme a los hechos, el tribunal expone que las expresiones vertidas a través de los mensajes colgados vienen «enmarcadas para la apreciación de un sentido gravemente peyorativo en menoscabo de la estima del servicio que se presta por el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid por las concretas dos actuaciones de agentes de la policía municipal», entre las que estuvo prestar auxilio a la víctima.

«Los hechos pudieren indiciariamente ser constitutivos de un delito de injurias inicialmente a reputar de graves contra el Cuerpo y Fuerza de Seguridad que también integra el Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid a tenor de lo dispuesto en el artículo 2 c) de la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de seguridad», recalca.

«Naturalmente lo anterior lo es sin perjuicio de lo que en definitiva pudiera resultar del curso de la diligencias de investigación a practicar en el curso de la instrucción», agrega.

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