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viernes, 19 abril 2024
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EL TC dice que el Parlament quería «cancelar» otra vez la Constitución y que se sitúa «al margen del derecho»

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Advierte que «ha entrado en una inaceptable vía de hecho» con sus resoluciones sobre el derecho de autodeterminación.

El Tribunal Constitucional (TC) ha asegurado que el Parlament de Cataluña pretendía «cancelar» de nuevo la Constitución y el Estatuto de Autonomía con las resoluciones aprobadas los pasados meses de julio y septiembre para reafirmar su compromiso con el derecho a la autodeteminación y que han sido recientemente anuladas por el tribunal de garantías.

En dos autos, cuyo fallo fue adelantado hace dos días, el Pleno del Tribunal Constitucional acuerda por unanimidad estimar los incidentes de ejecución presentados por el Gobierno de Pedro Sánchez y anula los apartados de la resolución «sobre las propuestas para la Cataluña real», aprobada el 25 de julio de 2019, y de la relativa a la «orientación política general del Govern» del pasado 26 de septiembre, en las que se insistían en el derecho a la autodeterminación.

Lo hace al entender que contraviene lo establecido en su sentencia del 2 de diciembre de 2015 en la que declaró inconstitucional la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña de 9 de noviembre de 2015 «sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales de 27 de septiembre de 2015», la primera iniciativa sobre el proceso independentista que fue admitida a trámite por la Mesa del Parlament. También considera que no se ha dado cumplimiento a los autos dictados en 2016 y 2017 que estimaron incidentes de ejecución de dicha sentencia promovidos por el Ejecutivo.

Así, los autos que se han dado a conocer este viernes –de los que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero– explican que la aprobación de ambas resoluciones no solo «desatienden los reiterados pronunciamientos y advertencias de este tribunal», sino que «pretende de nuevo cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se avinieran o acomodaran al dictado de su nula voluntad». «Se ha situado por completo al margen del derecho, ha entrado en una inaceptable vía de hecho», añaden.

«FRONTAL CONTRADICCIÓN»

En este sentido, el magistrado del TC destaca que, «en frontal contradicción» con la sentencia de diciembre de 2015, el Parlament reitera declaración independentista del 9 de noviembre de 2015 para insistir en proclamarse «parlamento plenamente soberano». Así, entiende que con la reafirmación y ratificación del «compromiso» de ejercer «de manera concreta el derecho a la autodeterminación como instrumento para alcanzar la independencia de Cataluña», vuelve a «desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución».

SOBERANIA NACIONAL

«El Parlamento de Cataluña pretende una vez más erigirse en fuente de legitimidad jurídica y política, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad», recalcan los autos. Asimismo, recuerdan que la soberanía nacional «reside únicamente en el conjunto del pueblo español, por lo que no cabe atribuir su titularidad a ninguna fracción o parte del mismo», según marca la Carta Magna.

El TC señala que el Parlament conocía las resoluciones mencionadas, así como las reiteradas advertencias expresas a su presidente, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga «alterar unilateralmente el marco constitucional» o incumplir las resoluciones de este órgano.

NUEVA ADVERTENCIA

En las notificaciones de estos autos, el tribunal de garantías vuelve a apercibirles de las consecuencias, incluso penales, que puede tener «ignorar o eludir» la nulidad de estos acuerdos. Es más, en relación al auto que anula la resolución aprobada en septiembre, el TC incluye al presidente de la Generalitat, Quim Torra y demás miembros del Govern, ya que también fueron advertidos.

Los autos subrayan que estas advertencias «no son contrarias a la autonomía de la Cámara», por lo que no puede considerarse que conlleven «una usurpación de las atribuciones de los órganos competentes, ni que sean contrarias al principio de separación de poderes ni tampoco que las mismas atenten a la inviolabilidad de los parlamentarios».

Por último, el Pleno rechaza la personación solicitada por los 32 diputados de JxCat en el Parlament –entre ellos a Elsa Artadi Vila; Carles Puigdemont y Joaquim Torra; el consejero de Interior Miquel Buch; los portavoces Eduard Pujol y Gemma Geis, así como el exmiembro de la Mesa procesado por desobediencia por el ‘procés’ independentista Lluís Guinó– por falta de legitimación, ya que sus derechos políticos» han sido ejercidos sin duda» en el debate y votación de las ambas resoluciones impugnadas.

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