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viernes, 29 marzo 2024
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Los decretos de las nuevas ‘embajadas’ catalanas no hablan de «relaciones bilaterales» y asumen una sentencia del TC

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Queda sin efecto el recurso del Gobierno, que en septiembre argumentaba que no debía analizarse solo la literalidad de los decretos.

Los nuevos decretos aprobados por la Generalitat de Cataluña para crear sus delegaciones en Túnez, México y Argentina no hablan ya de «relaciones bilaterales» de Cataluña con estos países y asumen que la ley catalana de Acción Exterior debe ser interpretada conforme a la sentencia del Tribunal Constitucional que se pronunció sobre ella.

Así, las oficinas no promoverán las «relaciones bilaterales», sino la «representación institucional» del Gobierno catalán y «en relación con las materias que son competencia de la Generalitat o de interés para Cataluña». Esta precisión se incluye ahora en los tres artículos de la norma.

Los decretos, publicados este viernes en el Diario Oficial de la Generalitat, tienen el visto bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación, precisamente porque el Govern aceptó, por primera vez, incorporar los cambios propuestos por el Ministerio. Así lo ha destacado públicamente el Gobierno.

La versión anterior de esas normas había sido recurrida por el Departamento que entonces dirigía Josep Borrell con un duro escrito que calificaba las delegaciones catalanas de herramientas para la secesión y pedía al tribunal que no estudiase solo la literalidad de las normas, sino el contexto de las actuaciones de la Generalitat en el exterior.

Con ese recurso, el Gobierno consiguió, por primera vez, que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) paralizase cautelarmente la creación de unas oficinas. Precisamente, el TSJC tuvo en cuenta que las nuevas oficinas pretendían «promover y coordinar relaciones bilaterales» con los Estados de destino, tal como decían los propios decretos, cosa que entra en «abierta contradicción con la competencia exclusiva del Estado» en esa materia.

Ahora, aunque el TSJC siga estudiando el fondo de aquel recurso, los nuevos decretos aprobados esta semana dejan sin efecto tanto la impugnación como la paralización cautelar, así que las delegaciones podrán ser abiertas con normalidad.

Los nuevos decretos, que aluden a motivos organizativos y de capacidad, limitan además el ámbito de actuación inicialmente previsto para estas oficinas: La de Argentina tendrá actividad también en Uruguay y «prospección» en Paraguay y Chile, pero no en Bolivia, Brasil, Perú Colombia, Venezuela, Ecuador, Guyana y Surinam.

La de Túnez estará pendiente de Marruecos y Argelia, pero no ya de Libia y Mauritania, y la de México mirará a toda Centroamérica, pero no a las «islas soberanas del Caribe».

DOCE OFICINAS HABLAN DE «RELACIONES BILATERALES»

Eso sí, estas tres oficinas encargadas de la «representación institucional» convivirán con otras 12, creadas previamente y desoyendo los informes contrarios del Gobierno central, que sí hablan de «promover y coordinar las relaciones bilaterales» con las autoridades de otros Estados.

Se trata de las seis reabiertas en junio de 2018 una vez que se levantó la aplicación del artículo 155 de la Constitución, en Londres, París, Washington, Roma, Berlín y Ginebra; y de una segunda tanda, en otoño de 2018, en Viena, Tallin, Zagreb, Lisboa, Estocolmo y Beirut.

LA ANULACIÓN DEL TSJC, SIN EFECTOS

Las seis primeras las recurrió Exteriores porque el Govern no cumplió el trámite de pedir informe previo al Gobierno central. Ese es el recurso al que el TSJC ha dado la razón este viernes, pero su anulación no tendrá efectos porque, entre tanto, el decreto de creación quedó derogado por seis nuevas normas aprobadas en septiembre.

Aunque contaba con un informe contrario de Exteriores, el Govern aprobó esas seis oficinas, destinadas a «promover y coordinar las relaciones bilaterales». Se aprobaron en las mismas fechas en las que el Gobierno central recurrió las de México, Argentina y Túnez, pero estas seis no fueron recurridas, así que también podrán funcionar con normalidad.

Y eso que, pocos meses antes, en julio, el Ministerio había pedido al TSJC que paralizase cautelarmente la actividad de las de Londres, Berlín y Ginebra por considerar que actuaban en favor del proyecto secesionista y vulnerando la competencia estatal en las relaciones internacionales.

El TSJC rechazó la petición por extemporánea, alegando que debía haberse presentado en el momento de recurrir la creación de esas oficinas, pero el Gobierno no aprovechó la nueva oportunidad con los decretos de septiembre. Este viernes, tanto el PP como Ciudadanos han pedido al Gobierno que explique en el Congreso su cambio de criterio.

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