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viernes, 26 abril 2024
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Rosa Díez exige a Posada que aplique el Reglamento a Sabino Cuadra por no retirar su gesto de romper la Constitución

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La portavoz de UPyD en el Congreso, Rosa Díez, ha exigido este jueves al presidente de la Cámara, Jesús Posada, que aplique lo previsto en el Reglamento al diputado de Amaiur Sabino Cuadra por el gesto que el pasado 16 de septiembre tuvo mientras intervenía desde la tribuna en el debate sobre la reforma exprés del Tribunal Constitucional (TC), cuando arrancó unas páginas de la Constitución.

En el debate de las enmiendas al proyecto de ley de reforma exprés del TC, Jesús Posada ha aprovechado la intervención de Cuadra para pedirle que retirara su gesto, algo a lo que el diputado navarro se ha negado por lo que el presidente le ha expulsado de la tribuna.

Pocos minutos después ha llegado el turno de intervención de Díez, que ha finalizado su alocución recordando que «la aplicación de las leyes no se negocia» ni necesita de «consensos» para llevarse a la práctica.

Por eso, ha exigido al presidente que aplique los artículos 101 y 106 del Reglamento de la Cámara Baja «sin esperar a que haya consenso con los miembros de la Mesa». «Ni se negocia la aplicación de las leyes ni la del Reglamento. Se aplican. Es nuestro Reglamento y se aplica. Pido formalmente en nombre de UPyD que aplique el Reglamento», ha insistido la dirigente magenta.

SUSPENSIÓN COMO DIPUTADO

Según el artículo 101 del Reglamento del Congreso, el Pleno de la Cámara puede acordar la suspensión temporal de la condición de un diputado por razones de disciplina parlamentaria en varios casos, incluyendo cuando el afectado persiste en su actitud tras una sanción.

Además, según el artículo 106 «cualquier persona que en el recinto parlamentario, en sesión o fuera de ella y fuese o no diputado, promoviere desorden grave con su conducta de obra o de palabra, será inmediatamente expulsado».

«Si se tratare de un diputado, el presidente le suspenderá, además, en el acto en su condición de diputado por plazo de hasta un mes, sin perjuicio de que la Cámara, a propuesta de la Mesa y de acuerdo con lo previsto en el artículo 101, pueda ampliar o agravar la sanción». concluye el artículo.

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