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sábado, 20 abril 2024
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La Fiscalía pide que se rechace de plano la recusación contra Marchena tras los ‘whatsapp’ de Cosidó

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Defiende la honestidad del presidente del juicio del ‘procés’ y entiende los mensajes en términos de defensa del pacto alcanzado con el PSOE

. La Fiscalía ha registrado un escrito ante el Tribunal Supremo en el que interesa la inadmisión «a límine», es decir, directa y sin más trámite, de la recusación del presidente de la Sala Segunda, Manuel Machena, que han presentado los encausados en el ‘procés’ Oriol Junqueras, Raúl Romeva, Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Tull para apartarle del caso del ‘procés’

El escrito, de 22 páginas y difundido este lunes, la Fiscalía afirma que «el incidente de recusación es extremadamente parco en argumentos» y pretende apartar a Marchena basándose en una supuesta vinculación con el PP «sin ningún dato objetivo sobre la conducta o disposición del Magistrado que permita fundar alguna sospecha».

El objetivo de este incidente, según la Fiscalía, no es otro que el de «alterar la composición del Tribunal legalmente constituido yconseguir un Tribunal a la carta para este proceso penal, con el propósito de retrasar la celebración del juicio oral».

En concreto, los líderes soberanistas solicitaron que se apartase al magistrado después de que se filtrase un mensaje de ‘whatsapp’ que el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosidó, envió al resto de senadores afirmando que designar a Marchena como presidente del Tribunal Supremo les permitiría controlar la Sala Segunda «desde atrás».

En relación con estos mensajes, el escrito señala que «no puede hacerse depender del albur de un tercero que expresa o da publicidad a su propia opinión y expectativas individuales que constituyen no un hecho sino un juicio de inferencia, la facultad de sustituir ‘ad libitum’ lacomposición de un Tribunal».

«Esto no solo equivaldría a la posibilidad de castigar al juez por el juicio de valor gratuito y frívolo de alguien interesado en la recusación, sino la posibilidad de configurar a capricho la composición del Tribunal».

NO HAY CONSTANCIA DE LA VERACIDAD DE LOS ‘WHATSAPP»

El escrito, que firman los fiscales Fidel Cadena y Consuelo Madrigal, incide en que «ni siquiera existe constancia y prueba sobre la veracidad oautenticidad» del objeto del comentario que el ‘whatsapp’ de Cosidó transmite.

Se trataba de explicar en el ámbito de un partido político el contexto que había justificado la elección anticipada de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), señalan los fiscales sobre los mensajes de Cosidó.

Explican que en dicho contexto político los señalado por el portavoz popular en el Senado «parece inspirar tranquilidad a los correligionarios y presentar el pacto acordado para la designación de vocales del Consejo como favorable». Presumir que ello deviene en «comportamientos ad futurum o afinidades presumidas en las «personas designadas, etiquetadas con absoluta frivolidad», nada tiene que ver con la realidad objetiva.

Aseguran asimismo los fiscales que «no existe dato alguno» ni tampoco lo mencionan los recusantes para atribuir al Partido Popular, no personado en la causa del ‘procés’ independentista ningún interés en la causa «fuera de la acción de la Justicia».

«HONESTIDAD ÉTICA E INTELECTUAL» DE MARCHENA

De hecho, el escrito se refiere también a la nota que Marchena hizo pública con las razones personales de la renuncia, «favorablemente acogida en la generalidad de la opinión pública como un acto de generosa defensa de la imagen de independencia judicial, junto con el sacrificio personal que la renuncia comporta, evidencian por sí mismas, el alto nivel de honestidad ética e intelectual» del magistrado.

«No cabe un gesto de mayor desvinculación con las afinidades políticas que se «sospechan» que la renuncia al más alto honor en la carrera profesional de un magistrado, en salvaguardia, no de una independencia real, incuestionable y públicamente incuestionada, sino de su mera apariencia», añaden sobre el presidente del tribunal del ‘procés’.

Dicen también los fiscales Cadena y Madrigal que existe una «presunción de imparcialidad del juez», y que por ello «la ausencia de imparcialidad, en cuanto excepción, ha de probarse en cada caso».

Y en este caso concreto, insisten en que «no existe el menor elemento corroboratorio de que las infundadas sospechas estén legítimamente justificadas», puesto que son otros los que emiten sobre él, con motivo del acuerdo parlamentario para elegir presidente del órgano de gobierno de jueces y magistrados, «auténticos e infundados juiciosde valor o juicios de inferencia».

Además, no es posible atribuir a Marchena, «de forma especulativa -y sin un mínimo de seriedad- concretas ideas políticas o afinidades ideológicas que él mismo nunca ha expresado con dichos o hechos, y mucho menos en su quehacer judicial», concluyen.

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